Este archivo es un espejo de EUSKAL HERRIA JOURNAL hecho por la Red Vasca Roja.
INFORME ANUAL 1997
CARCELES DEL ESTADO ESPAÑOL
(viene de pág. anterior)
8. AMENAZAS
La dispersión y la indefensión que ésta genera da pie igualmente para poder amenazar más fácilmente a los presos. Entre las denuncias por amenazas podemos destacar:
- 1.1.97: Prisión de Jaén II: Lanzan de madrugada y cuando todos los presos están cerrados un petardo a la celda del preso Etxebarri Aiesta.
- 1.1.97: Prisión de Cáceres 1: Angel Rekalde.
- 2.1.97: Presos de Tolosa (Angel Rekalde en Cáceres, Esteban Esteban en Salto del Negro y Arbelegi Goenaga en El Dueso) reciben cartas anónimas con amenazas: " A tu familia le vemos todos los días. Estás avisado. BOOM".
- 12.3.97: Prisión de Valdemoro: Unai Parot y Koldo Martin Karmona denuncian amenazas continuas por parte de los funcionarios
- 12.3.97: Javier Sádaba denuncia haber sido amenazado por un Guardia Civil durante un traslado.
- 30.4.97: Prisión de Ceuta: Estanis Etxaburu recibe una carta con graves insultos tanto contra él como contra sus familiares y amigos.
- 12.6.97: Prisión de Almería: un pequeño paquete explota al lado de la presa Koro Egibar cuando se encontraba en el patio de la cárcel.
- 11.7.97: Prisión de Soto del Real: Fernando Elejalde en aislamiento riguroso en la prisión de Soto del Real desde marzo denuncia amenazas, registros y humillaciones continuas por parte de los funcionarios.
- 15.7.97: Prisión de Carabanchel Hombres: Asier Atxabal se niega a firmar un documento donde se reinsertaría y como castigo es trasladado a Aislamiento amenazándole de muerte.
- 7.9.97: Prisión de Soto del real: Josu Arkauz es trasladado en condiciones infrahumanas al módulo de aislamiento. Recibe amenazas de muerte por parte de los funcionarios: "te vamos a matar", "te vamos a dar una paliza", "Si no te matamos nosotros, tú te vas a suicidar, porque está de moda entre vosotros".
- 12.11.97: El preso Oskar Bizkai es amenazado por el director de la Prisión Alcala Meco Jóvenes con no ver más a su mujer Onintze Gutierrez, (presa igualmente en la misma cárcel) caso de no dejar la borroka.
9. AISLAMIENTO
Con el mantenimiento de la dispersión durante este año 1997 se han alargado durante un año más las situaciones de largos periodos de aislamiento que sufren cientos de PPV. El hecho de tener a 436 presos diseminados por 55 cárceles facilita el poder mantener grupos pequeños y presos individualmente aumentando así el castigo con este aislamiento de hecho.
Hoy en día, desde el día que un preso entra en prisión y sin haber realizado ningún tipo de falta y por el mero hecho de supuestamente "pertenecer a banda armada" se le aplica directamente el art.10 de la LOGP. Posteriormente y sin atender a ningún tipo de dato objetivo se le destina en una cárcel, se le cambia de régimen, y una vez condenado se le clasifica en primer o segundo grado indiferentemente.
Todos estos cambios de regímenes y destinos y todas estas clasificaciones en grados es otra parte más de la política diseñada contra nuestros familiares y dirigida desde la DGIP, siempre sin atender a ningún dato objetivo y por ello sin elegir el preso el estar en un grado u en otro o el estar en una cárcel o en otra.
Son múltiples los ejemplos de utilización arbitraria por parte de la DGIP de estos grados, entre otros podemos decir como actualmente son unos 225 presos los que se encuentran clasificados en primer grado o bajo el art.10 de la LOGP en caso de ser preventivos. De estos presos 55 estarían en condiciones de salir en libertad condicional. A la mayoría de estos presos se les viene manteniendo sin justificación concreta individualizada alguna desde su ingreso en prisión en esta situación de régimen cerrado. Así, la motivación más corriente para seguir manteniendo durante años y años a nuestros familiares en primer grado es: "pertenencia a banda armada", cuando en ocasiones ni siquiera se entra a argumentar la aplicación de tal medida restrictiva. Algunos de ellos, ejm: Sarasketa y Lejarreta llevan 19 años en este régimen de aislamiento.
En ocasiones estas situaciones de aislamiento son compartidas con otros presos políticos vascos. Así, los cortos espacios de tiempo que se les permite salir de sus celdas y pasear en el patio pueden hacerlo en compañía de otros compañeros ( Alacant, Puerto I y II, etc). Nos encontramos sin embargo con situaciones de presos que llevan largos períodos de tiempo sin poder compartir siquiera este tiempo con otros compañeros bien por ser el único preso político vasco que se encuentra en esa situación en esa prisión concreta (Inma Patxo, Henri Parot, etc), bien por prohibir la Dirección de la cárcel el coincidir en el patio o módulo (Salto del Negro).
Hay que destacar que en el caso de las mujeres, el aislamiento es más generalizado ya que un porcentaje altísimo de ellas se encuentran solas en la prisión, en algunos casos haciendo vida normal y en otros casos además en régimen de aislamiento. En todo caso, exceptuando la prisión de Carabanchel mujeres donde se encuentran la mayoría de mujeres preventivas, las mujeres como mucho suelen coincidir en la misma prisión dos o tres compañeras. Actualmente las mujeres se encuentran así:
- 13 solas ( A Coruña, Alacant, Albacete, Almería, Avila, Castelló, Ceuta, Córdoba, Cuenca, Málaga, Melilla, Ourense y Zaragoza).
- 14 en grupos de 2 presas ( Avila, Badajoz, Bonxe, Jaén II, Langraitz, Murcia y Puerto 2).
- 9 en grupos de 3 presas ( Alcala Jóvenes, Avila, Valladolid).
- 19 en grupos de más de 3 presas (en Carabanchel y Villabona).
En general, entre las situaciones más graves se podrían citar las siguientes:
La Ley Orgánica General Penitenciaria establece en su art.10 un régimen cerrado para presos preventivos y condenados. Por ser un régimen especial diferente del ordinario en principio su aplicación no debería ser generalizada si no motivada individualmente y para casos concretos.
En la práctica esta excepción se convierte en norma general para los presos que ingresan en prisión en calidad de preventivos. Merece especial atención la gravísima situación que se produce en concreto con los hombres que son ingresados desde la Audiencia Nacional en los módulos celulares de los Centros Penitenciarios de Carabanchel y de Soto del Real. Se trata de personas que llevan escasas horas en situación de presos preventivos con un absoluto desconocimiento de sus derechos como reclusos . Los módulos celulares son módulos que están aparte de las instalaciones generales de la prisión por ser los módulos de castigo donde los presos cumplen las sanciones de aislamiento careciendo por tanto de las instalaciones y servicios que una prisión debe de tener: patios amplios, bibliotecas, polideportivo, espacios comunes para estar con otros presos, etc.
La vida en estos módulos se limita a estar en la celda 22 horas al día y salir 2 horas a un pequeño patio. Normalmente el preso realiza estos paseos sólo o en compañía de otro preso dependiendo el número de reclusos que se encuentre en este Celular, no teniendo derecho a realizar cualquier otra actividad, no existe la posibilidad de relacionarse con ningún otro preso.
En principio esta situación suele ser provisional. En la práctica estos presos hacen la vida de un preso sancionado con faltas muy graves sin haber cometido ninguna infracción. Esta provisionalidad en muchos casos se prolonga bastante más de los 42 días de aislamiento máximo establecido por Ley. No podemos olvidar que el propio Tribunal Constitucional entiende como trato inhumano el aislamiento superior a este máximo de 42 días.
Como ejemplos de estos prolongados periodos en aislamiento encubierto sin motivo de sanción podemos decir los siguientes:
- Josu Uribetxeberria y Xabier Ugarte, ingresan en el celular de Carabanchel el 5 de julio de 1997 y se les mantiene en esta situación hasta el mes de diciembre, durante 5 meses. Estos dos presos salían casi siempre solos al patio y en ocasiones juntos si bien en estas ocasiones no se les permitía siquiera saludarse ni por supuesto hablar entre ellos. Si bien en diciembre de este año han sido trasladados a otras cárceles, Josu Uribetxeberria ha sido ingresado nuevamente en otro módulo de aislamiento, en este caso en Soto del Real.
- Fernando Elejalde, ingresa en el celular de Soto del Real el 15.3.97 y en la fecha de hoy, 30 de diciembre tras 9 meses, su situación no ha variado.
- Josu Arkauz, ingresa en la prisión de Soto del Real el 17.1.97. El 7 de agosto es trasladado con motivo de una sanción al módulo de aislamiento permaneciendo en esta hasta la fecha. En un primer momento no se le autoriza tener ropa, ni utensilios de limpieza, ni papel, ni bolígrafo, ni libros, ni radio, ni material de estudio, ni silla. Esta situación se prolonga durante unas semanas.
En estos tres casos, la vida del celular de Soto del Real es muy dura. Dada sus características, los presos son sacados al patio sin coincidir en ningún caso entre ellos, saliendo en ocasiones con otros presos sancionados. El patio de pequeñas dimensiones está cubierto por una red. Las vejaciones son continuas obligándoseles a continuos desnudos con flexiones sin motivo aparente. No tienen derecho a actividad cultural o deportiva alguna a pesar de estar la cárcel bien equipada. Por la noche la luz permanece encendida según la guardia de funcionarios, impidiendo el sueño de los presos.
- Roxario Pikabea, ingresa en el celular de Soto del real el 22.11.96 y hasta el día 29.5.97 después de 6 meses que es puesto en libertad tras su absolución judicial permanece en aislamiento. Es de destacar que esta persona es diabética necesitando tratamiento diario de insulina por lo que su situación se agrava más si cabe.
- Juan Jose Rego, ingresa el 12.8.95, permaneciendo durante más de un año en esta situación. En este caso es de destacar que además de padecer diabetes tiene más de 60 años de edad por lo que su estado de salud se complica más si cabe.
11. ACCIDENTES FAMILIARES
La dispersión mantiene al preso a cientos y en ocasiones a miles de kilómetros de su entorno social y familiar. Por ello los familiares y amigos que quieran visitar al preso deben recorrer semana tras semana las kilométricas distancias que separan las cárceles de Euskal Herria. Además del millonario gasto que supone el realizar estos viajes semanalmente, durante estos 19 años han sido muchos los accidentes sufridos por los familiares en estos desplazamientos con resultado de muertos, heridos e incontables daños materiales.
Este año ha sido especialmente trágico en este capítulo por la cantidad de accidentes ocurridos en las carreteras de todo el Estado. El resultado ha sido el siguiente:
· 13.3.97: Accidente en Aranda del Duero de la Familia Figeroa de Getxo cuando se trasladaba a Madrid: Muere Antonia Fernandez, amama del Preso Angel Figeroa, quedando gravemente heridos el padre, la madre y el abuelo. El coche queda completamente destrozado.
· 30.5.97: Un amigo de Txutxin Bollada sufre un accidente cuando se trasladaba desde Barakaldo hasta Madrid.
· 13.6.97: accidente de la Familia de Gotzon Lizarbe cuando se trasladaban a A Coruña. Si bien las personas no sufren lesiones el coche queda destrozado.
· 29.6.97: La familia de Gaizka y Julen Larrinaga sufre un accidente a la vuelta Valencia debiendo ser ingresado en un Hospital uno de los familiares.
· 17.10.97: Las compañeras de Gaizka Larrinaga y de Perez Anuzita sufren un accidente cuando se trasladaban en Autobús desde Bilbao a valencia.
· 17.10.97: Amigos de Barakaldo de Esteban García, Igor Fernandez y Oscar Martin sufren un accidente en Burgos cuando se trasladaban a Madrid a recoger a los presos que eran puestos en libertad. Varias personas deben ser ingresadas quedando el coche destrozado.
· La familia de Urizar de Paz sufre 2 accidentes durante este año en sus traslados desde Bilbao a Almería.
· 15.12.97: Las familias de Letona Viteri, Oregi Etxeberria y de Guridi Arozena sufren un accidente de coche cuando se trasladaban desde Arrasate, Gipuzkoa a Murcia. No sufren lesiones si bien el coche queda destrozado.
· 26.12.97: Familiares que se trasladan en furgoneta hasta Almería sufren un accidente tras el cual son ingresadas en el Hospital 2 personas, la hermana del preso Fernando Diez y la madre del preso Juan Carlos Balerdi.
12. FAMILIARES MUERTOS
Como ya se ha señalado este año se cumplen 19 años desde que los primeros presos fueron ingresados en prisión. Son muchos años de viajes y sufrimiento y la edad de los familiares avanza año tras año y ello ha traído como consecuencia la muerto de una docena de familiares por diferentes motivos. En la mayoría de los casos son muertes tras enfermedades anunciadas. En estos casos los presos han solicitado su traslado a la DGIP para poder ver con vida a sus familiares pero estos traslados han sido una y otra vez denegados. En ocasiones los traslados se han realizado en última instancia para asistir a los funerales no siendo posible siquiera este traslado in extremis en algunas ocasiones.
Como ejemplo debemos mencionar el caso de Jose Gabriel Urizar Murgoitio. Tras 10 años sin ver a su padre por imposibilidad de trasladarse hasta las prisiones donde se encontraba su hijo (últimamente en Tenerife), solicita su traslado en dos ocasiones. En ambas se le deniega el traslado, la última vez el 28 de agosto de 1997. El 8 de septiembre su padre fallece y en esta ocasión y con carácter de urgencia se le autoriza el traslado para poder asistir a los funerales si bien este traslado no se materializa por falta de tiempo e imposibilidad material al encontrarse el preso en Tenerife (Canarias) y necesitar días para trasladarse hasta San Sebastián.
13. MORTALIDAD
Durante este año han sido dos los presos políticos vascos que han muerto en las cárceles como consecuencia de la dispersión: Jose Mari Aranzamendi el 8 de febrero en Alcala Meco y Juan Carlos Hernando el 21 de julio en Albacete.
- Jose Maria Aranzamendi, "Kattue".
Natural de Elorrio, Bizkaia, de 41 años de edad, soltero. Se encontraba en prisión preventiva desde hacía 2 años a espera de juicio. A pesar de haberse solicitado su libertad provisional en varias ocasiones siempre había sido denegada. Apareció colgado en su celda el día 8 de febrero de 1997 con los pies y las manos atadas a su espalda. Se abrieron unas Diligencias Judiciales en el Juzgado de Alcalá de Henares las cuales continúan abiertas investigando la posible causa de su muerte.
- Juan Carlos Hernando, "Peli".
Natural de Arrigorriaga, Bizkaia, de 35 años de edad, casado y con un hijo de 4 años. Fue detenido en abril de 1994 y condenado a 6 años y un día por la Audiencia Nacional. Se encontraba en la cárcel de Albacete desde 1995. Debería haber sido puesto en libertad condicional en mayo de este año 1997 si bien tenía fecha de libertad definitiva para el mes de mayo de 1998. Apareció colgado de su celda la noche del 21 de julio de 1997 con las manos atadas.
Se abrieron unas Diligencias Judiciales en el Juzgado de Albacete las cuales continúan abiertas investigando la posible causa de su muerte.
14. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES
Son tres las personas muertas en Euskal Herria durante este año 1997 sin haber tenido la oportunidad de ser sometidos a un procedimiento judicial.
14.1. JOSU ZABALA SALEGI
El día 27 de marzo fue hallado el cuerpo sin vida del militante de ETA JOSU ZABALA SALEGI. El cuerpo aparece en Itziar (Gipuzkoa) en una zona alejada cerca de un acantilado junto al mar.
La causa de la muerte fue un disparo en el pecho. Junto al cuerpo se encontró una pistola y a escasos metros un casquillo de bala.
Los días 28 y 29 de marzo, cuando el cadáver todavía no había sido reconocido por la Ertzaintza se reciben 2 llamadas anónimas a la radio "Egin Irratia" donde se adelanta el nombre de Josu Zabala, su militancia en ETA y se informa de su desaparición desde el día 23 de manos de fuerzas policiales.
Mientras las versiones oficiales apuntan a un suicidio, la familia Zabala descarta desde un principio esta posibilidad y exige investigaciones. Durante estas investigaciones judiciales que se siguen todavía hoy en un juzgado de instrucción de Eibar se llega entre otras a las siguientes conclusiones:
- Si bien el cuerpo aparece con un orificio de entrada y salida desde el pecho a la espalda, no se ha encontrado en las inmediaciones resto de sangre alguno.
- Según informe pericial, la bala que aparece junto al cadáver no es la bala que causa la muerte de Zabala. A pesar de haberse reconocido toda la zona por miembros de la Ertzaintza con equipos y personal especializado, no ha sido hallada la bala que le atraviesa el corazón.
- La herida causa de la muerte fue producida a "cañón tocante" si bien el arma encontrada junto al cadáver no tenía resto alguno de tejido humano o de sangre.
- La ropa que llevaba puesta tampoco tenía restos de sangre.
- La pistola presenta signos de oxidación, cuando la Organización ETA en un comunicado asumiendo la militancia de Zabala afirma que la pistola que portaba éste era nueva y se encontraba en perfecto estado.
- El cadáver fue hallado por unos montañeros. Unicamente vestía un pantalón, camiseta corta, calcetines y playeras, cuando durante esos días el tiempo fue de pleno invierno, lluvioso y con mucho frío.
- No se encontró en las inmediaciones dinero, llaves o documentación personal, desconociéndose donde se encuentran los objetos personales que llevaba cuando desapareció.
- Tras una primera autopsia la familia pidió la realización de una segunda. En esta se extrajeron muestras varias que fueron enviadas al Instituto Nacional de Toxicología de Madrid para su análisis a fin de poder determinar con seguridad cual fue la causa de la muerte.
- En estos momentos vía judicial se investiga la posible relación causal entre esta muerte y la de otros dos militantes de ETA el 23 de septiembre, dado que Josu Zabala fue visto con vida la última vez el 23 de marzo en Bilbao.
14.2. GAIZKA GAZTELUMENDI y JOSE MIGUEL BUSTINZA
La noche del 23 de septiembre de 1997 fueron asesinadas en Bilbao 2 personas por agentes de la Guardia Civil en una emboscada donde no se les dio la oportunidad de salir con vida. Las dos personas fallecidas Gaizka Gaztelumendi y Jose Miguel Bustinza eran militantes de ETA. Si bien en un principio desde el Ministerio de Interior se justificaron estar muertes como obligadas ante los disparos efectuados por los dos militantes vascos, esta versión tuvo que ser desmentida por el Ministro del Interior en persona admitiendo que no hicieron uso de sus armas y por tanto en ningún caso las muertes se produjeron en legítima defensa.
En esta operación participaron 8 Guardia Civiles de un Grupo Operativo Especial. Se siguen diligencias judiciales para la investigación de los hechos y depuración de las posibles responsabilidades penales en el Juzgado de Instrucción nº2 de Bilbao, en las Diligencias Previas 3187/97.
Diligencias más relevantes practicadas hasta la fecha:
*Inspección ocular del lugar de los hechos.
*Autopsia de los cadáveres
*Atestado de la guardia civil
*Declaración en calidad de imputados de los guardias civiles que participaron en los hechos.
*Declaración de los asistentes sanitarios que realizaron los primeros auxilios en calidad de testigos.
*Declaración de un testigo de la guardia civil que participa en el seguimiento de estas personas y que reconoce que existían otros guardias civiles en el lugar de los hechos.
*Proposición de prueba testifical por parte de la acusación particular de personas que vieron lo ocurrido.
*Informe y conclusiones de la autopsia de los cadáveres.
Incidencias relevantes
* Declaración del Ministro del Interior Español, Jaime Mayor Oreja, diciendo "que los guardias civiles que participaron en los hechos habían visto obligados a disparar como acción respuesta y de defensa frente a los disparos que habían realizado las personas fallecidas hiriendo incluso a uno de los guardias civiles", calificando los hechos como el resultado de un tiroteo.
* Rectificación del Ministro del Interior y reconocimiento de que no hubo tiroteo, que solo dispararon los guardias civiles y que el guardia civil herido lo fue por disparos de su compañero.
* Ocultación de la identidad de los guardias civiles que participaron en estas muertes por parte del juez instructor encargado de investigar los hechos, aplicando la Ley de Protección de Testigos, a pesar de que se encuentran en calidad de imputados y no de testigos.
Datos que se han demostrado
*que la operación se llevaba preparando al menos con dos semanas de antelación.
*que existía previamente un dispositivo de seguimiento de estas personas por parte de la guardia civil y que se encontraban en el lugar donde fueron abatidos.
*que los fallecidos se encontraban en el interior de un coche y que acababan de entrar en él cuando fueron abatidos por los disparos.
*que en ningún momento llegan a disparar.
*que las heridas producidas a dos guardias civiles lo fueron, por rotura de cristales y por el disparo de otro guardia civil.
*que fueron sacados del coche y esposados a pesar de encontrarse gravemente heridos.
*que las armas que se encontraron lo fueron, una en la guantera del coche y otra a dos metros del mismo.
* que las armas que se encontraron no se dispararon.
* que Gaizka Gaztelumendi tenía un tiro en el tórax.
* que José Miguel Bustinza presenta cuatro impactos de bala.
* que no se aprecian en las víctimas signos compatibles de lucha y/o defensa.
15. DETENCION EN COMISARIAS
Este año ha sido especialmente represivo si tenemos en cuenta el alto número de detenciones e ingresos en prisión producidos a lo largo de todo el año. Como conclusión, cada 6 horas es detenida una persona por motivos políticos mientras que cada dos días una persona es encarcelada.
En total, han sido 1072 las personas detenidas por motivos políticos: relación con banda armada, kale borroka, delitos contra la libertad de expresión, en movilizaciones, etc.. De este total, 864 han quedado directamente en libertad bien antes o después de ser puestos a disposición judicial. Han sido 208 las personas que han ingresado en prisión si bien a lo largo del año 84 han quedado en libertad.
Especial mención requiere el caso de Nafarroa. Durante este año han sido 186 las personas detenidas en relación con la "kale borroka" o sabotajes. De estas personas 36 han ingresado en prisión si bien posteriormente todas han sido puestas en libertad provisional bajo fianza tras permanecer hasta 11 meses en prisión provisional. En total son 38.850.000 pesetas el dinero depositado este año en la Audiencia Nacional en concepto de fianzas. Estos jóvenes de entre 15 y 25 años han sido detenidos en su gran mayoría en régimen de incomunicación. La generalidad ha denunciado en presencia del Juez instructor haber sido objeto de malos tratos, presiones psicológicas y amenazas que buscaban tanto su inculpación como la de otras personas.
El caso concreto del joven Gorka Gomez merece un apartado aparte:
- en el mes de enero se presenta voluntariamente en el Juzgado Central de Instrucción n.2 de la Audiencia Nacional, quedando en libertad sin cargos. Esta causa se archiva.
- en el mes de marzo se presenta nuevamente en el JCI n.6, quedando en libertad. Esta causa permanece abierta.
- en el mes de mayo es detenido por la policía Nacional y tras prestar declaración judicial en el JCI n.4 es ingresado en prisión. En esta declaración y tras 3 días de incomunicación denuncia al juez malos tratos y torturas sufridas en dependencias policiales así como en algún lugar próximo a Pamplona. Es puesto en libertad bajo fianza tras 15 días de estar en prisión. Esta causa es archivada.
- en este mes de mayo denuncia en el Juzgado de Guardia de Pamplona los malos tratos y torturas sufridas.
- en el mes de junio es nuevamente detenido y tras prestar declaración en el JCI n.3 es puesto en libertad sin fianza. Esta causa está archivada.
Las detenciones policiales realizadas por orden de la Audiencia Nacional se siguen realizando bajo aplicación del régimen de incomunicación. Durante estos 3, 4 o 5 días de detención los malos tratos y tortura, presiones psicológicas, vejaciones sexuales en caso de las mujeres, amenazas e insultos sigue siendo la práctica común y generalizada.
Son dos las operaciones policiales que merecen apartado aparte: detención de Fernando Elejalde por la Policía Nacional en San Sebastián en marzo y la detención del supuesto comando Bizkaia en Bilbo el 23 de septiembre.
En el mes de marzo es detenido por la Policía Nacional en San Sebastián Fernando Elejalde. Tras permanecer 2 días de detención incomunicada es trasladado al servicio de urgencias de la Residencia de San Sebastián donde se le diagnostica fractura de 4 vértebras, perforación del tímpano derecho y contusiones múltiples en cara, tronco y extremidades. A pesar de que las versiones oficiales se esfuerzan en justificar las lesiones como producidas durante la detención, todas las versiones de testigos apuntan a reforzar la versión dada por el propio Elejalde: las lesiones se producen una vez detenido. Tal y como se desprende de su testimonio, los malos tratos se sucedieron incluso mientras permaneció ingresado en el Hospital esposado a la cama.
El 23 de septiembre fueron muertos en una emboscada por la Guardia Civil en Bilbao los militantes de ETA Gaizka Gaztelumendi y Jose Miguel Bustinza. En esa misma operación fueron detenidas e incomunicadas 14 personas. Conocidas las detenciones, los familiares interpusieron ante el Juzgado Central de Instrucción n.5 solicitudes de Habeas Corpus para su inmediata puesta a disposición judicial. Estos Habeas Corpus fueron todos sistemáticamente denegados por el Juez Baltasar Garzón. Tras prestar declaración judicial 9 personas ingresaron en prisión, quedando el resto en libertad. Los relatos del trato policial ante el Juez instructor fueron escalofriantes, si bien no fueron suficientes para que el Juez ordenara su puesta en libertad.
No es la primera vez que denunciamos el régimen de incomunicación tanto en periodo de detención como en la declaración judicial utilizada bien para dar cobertura a los malos tratos o bien para conseguir a toda costa la autoinculpación de los detenidos. Este año, concretamente en el mes de octubre la utilización de esta medida conlleva el ingreso en prisión de una persona sin ningún tipo de pruebas de cargo en su contra. Es el caso de Izaskun Urionabarrenetxea. El 13 de octubre la policía autónoma vasca detiene en Bilbao y Busturia (Bizkaia) a Kepa Arronategi, Izazkun Urionabarrenetxea y Eñaut Elorrieta. Tras 3 días de incomunicación policial son presentados en la Audiencia Nacional declarando ante abogados de oficio por permanecer incomunicados. En concreto, Izaskun Urionabarrenetxea es ingresada en prisión provisional tras informe favorable al encarcelamiento tanto del Ministerio Fiscal como de su abogada defensora. En los días siguientes sus abogados de confianza solicitan su libertad, siendo ésta concedida pasados 15 días tras el ingreso en prisión.
16. TORTURA
Durante este año se han celebrado en la Audiencia Provincial de Bilbao 2 juicios contra Guardia Civiles acusados de haber torturado a detenidos bajo la aplicación de la Ley antiterrorista o incomunicación.
El primero de los juicios se celebró en el mes de marzo contra 11 Guardia Civiles acusados de haber torturado a Mikel Alonso y a los presos de Basauri Kepa Escudero, Iñaki Egiluz y Julen Zabalo en el mes de abril de 1987, hace por tanto 10 años. En este caso la Audiencia absuelve a los acusados por falta de pruebas.
Durante el mes de septiembre se celebra el juicio contra 7 Guardia Civiles acusados de haber torturado al preso político vasco Kepa Urra en enero de 1992. En este caso la Sentencia de fecha 10 de noviembre condena a 3 Guardia Civiles como autores de 3 delitos de tortura con resultado de lesiones graves a una pena para cada uno de 4 años, 2 meses y 1 día de prisión.
17. LIBERTAD CONDICIONAL
Durante este año 1997 han sido 111 los Presos políticos vascos que deberían haber sido puestos en libertad condicional bajo aplicación del art.90 del Reglamento Penitenciario. Criterios políticos hacen que este derecho sea denegado una y otra vez por los diferentes Jueces de Vigilancia Penitenciaria. Estos Juzgados se limitan a denegar estas solicitudes de libertad por no concurrencia de los requisitos necesarios exigidos en la Ley siendo conscientes de que el órgano competente para conceder estos requisitos es la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Los criterios para la no concesión son únicamente políticos dado que la práctica generalizada en relación al resto de presos es la concesión casi automática de los requisitos y consecuentemente su puesta en libertad condicional.
18. MESA NACIONAL DE HERRI BATASUNA
El Tribunal Supremo ha Juzgado y condenado a la Mesa Nacional de la coalición abertzale Herri Batasuna en plena a 7 años de prisión como autores de un delito de colaboración con banda armada.
Los hechos enjuiciados se sitúan en la campaña electoral a las elecciones generales de 1996. En esta ocasión la coalición abertzale cedió sus espacios electorales para la divulgación de un vídeo donde se explicaba la alternativa de Paz, Alternativa democrática de la organización armada ETA.
El juicio se desarrolló en Madrid durante los meses de octubre y noviembre. La Sentencia se conoció a primeros de diciembre siendo inmediata la encarcelación de los 23 miembros de la dirección política de la coalición abertzale, a pesar de la interposición de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y la solicitud de la suspensión de la pena.
19. SOCIEDAD VASCA
Siguiendo con la iniciativa popular que culminó con la manifestación multitudinaria en Bilbao convocada por Senideak el 30.10.96, este año 1997 se han multiplicado las iniciativas a favor de los derechos de los presos políticos vascos.
Son innumerables las plataformas populares surgidas a lo largo de toda la geografía vasca en exigencia de la aplicación de la libertad condicional a presos de uno u otro pueblo así como en exigencia del fin de la dispersión bajo el lema: "Euskal Presoak, Euskal Herrira".
Semana tras semana se ha ido pasando el testigo a diferentes turnos de huelguistas de hambre que primero en la iglesia del Buen Pastor en San Sebastián y posteriormente pueblo por pueblo, han mantenido un ayuno permanente durante todo el año en exigencia del "Euskal Presoak, Euskal Herrira". Así se han cumplido 100 turnos de 15 personas cada una los cuales han realizado un ayuno de una semana.
Coincidiendo con el aniversario de la gran manifestación de Bilbao el 30.10.96, se ha realizado un ayuno especial de 4 días con diferentes personalidades de Euskal Herria: sindicalistas, actores, escritores, deportistas, políticos, etc.
Durante los primeros 20 días de diciembre una martxa de familiares recorrió toda Hego Euskal Herria en exigencia del reconocimiento de los derechos de sus familiares. Durante esta marcha se mantuvo contactos con diferentes grupos y personalidades.
Semana a semana se han realizado este año también todos los lunes en numerosas localidades de Euskal Herria encarteladas pacíficas bajo el lema: "Euskal Herria askatu".
20. Anexos.
·20.1. Escrito de queja presentado en los diferentes JVP solicitando el reconocimiento de cumplir la pena en la prisión más cercana a su domicilio familiar por la vulneración de derechos fundamentales. Autos de respuesta de JVP y de Mayor Oreja.
· 20.2. Denuncias y Autos de la prisión de Valladolid.
· 20.3. Expediente de Jabier Gonzalez, enfermo.
· 20.4. denuncias de agresiones en cárceles: - Iñaki de Juana - Rubén Manrique
· 20.5. Escritos de amenazas
· 20.6. Presos muertos en prisión
. 20.7. Muertes extrajudiciales
· 20.8. testimonios de tortura y malos tratos de:
- Gorka Gomez
- Fernando Elejalde
- Josu Arkauz
- Ainhoa Gutierrez: Solicitud de Habeas Corpus, Denegación, testimonio de Torturas.
- Exabier Uriarte.
· 20.9. Libertad condicional. lista de presos. solicitudes y respuestas de JVP.